Diferencias entre las revisiones 8 y 9
Versión 8 con fecha 2013-06-14 22:37:24
Tamaño: 2345
Comentario: Foro del Sector Social: Mesa de Salud
Versión 9 con fecha 2013-06-14 22:40:08
Tamaño: 2392
Comentario: Foro del Sector Social: Mesa de Salud
Los textos eliminados se marcan así. Los textos añadidos se marcan así.
Línea 16: Línea 16:
 * http://www.youtube.com/watch?v=4Kuk2QXfC8Y

Gente escribo algo de Mario y coloco algunos links pero tendríamos que completarlo si es que Mario acepta ser el disertante de la próxima reunión de la Mesa de Salud. MercedesJones Rovere.gif

Mario Rovere es médico diplomado en Salud Pública. Director de la Maestría en Salud de la Universidad Nacional de Rosario en el Instituto Lazarte. Ha sido director de Planificación de la Secretaría de Salud de la Ciudad de Buenos Aires. Y Secretario de Políticas Sociales de la Nación. Se desempeñó como Consultor regional de Desarrollos de Recursos Humanos en la Oficina Panamericana de la Salud.

  • http://formaciondocentepsi.files.wordpress.com/2011/05/encuentro-1-mario-rovere.pdf

  • RovereAbramzonSalud.pdf

  • RovereSaludSistemaInjusto.pdf

  • http://www.youtube.com/watch?v=4Kuk2QXfC8Y

  • http://forodesaludencartaabierta.blogspot.com.ar/2010/05/dr-mario-rovere.html

  • Ver: “La salud y el acceso a los servicios son un bien público y un derecho personal y social, garantizados por el estado. El Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen la responsabilidad principal e indelegable de proveer una atención de la salud permanente y de calidad para todos/as los/as habitantes de la Nación, garantizando la igualdad, gratuidad y equidad en el ejercicio de este derecho, con la participación de las organizaciones sociales y las familias. El Estado garantiza el ejercicio del derecho constitucional de la salud. Son responsables de las acciones de salud el Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.El Estado nacional fija la política de salud y controla su cumplimiento con la finalidad de consolidar la unidad nacional, respetando las particularidades provinciales y locales.” Y digo finalmente, artículo 10: “El Estado nacional no suscribirá tratados bilaterales o multilaterales de libre comercio que impliquen concebir la salud como un servicio lucrativo o alienten cualquier forma de mercantilización de la salud pública”.

¿Qué es lo que acabo de hacer: lo que acabo de hacer es leer la Ley de Educación de la República Argentina y poner la palabra salud donde decía educación. Y explíquenseme ustedes, o expliquémonos nosotros por qué no tenemos una ley de salud y por qué tenemos la ley de educación que tenemos.

EnciclopediaRelacionalDinamica: MarioRovere (última edición 2013-07-05 11:43:48 efectuada por MercedesJones)