Martina Cirimele ---- * EN TIEMPOS DE CRISIS MANTENER LA SONRISA ES UN ACTO REVOLUCIONARIO. ---- * El Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), el Centro de Investigación y Prevención de la Criminalidad Económica y el Centro de Estudios Interdisciplinarios abren la inscripción al “Taller de Persecución Estratégica de la Criminalidad Económica”, que se llevará a cabo en la modalidad virtual-sincrónica los días 9, 16, 23 y 30 de mayo y 6 y 13 de junio de 2023 de 18:00 a 20:00 horas. * Certifica el Centro de Estudios Interdisciplinarios – Programa de Estudios Interdisciplinarios sobre Investigación y Prevención de la Criminalidad Económica de la Universidad Nacional de Rosario. * otros cursos, por ejemplo: 📢Desde @INECIP, @cipce y el Centro de Estudios Interdisciplinarios abren la inscripción para participar del "Taller de Persecución Estrategica de la Criminalidad Económica" que se llevará a cabo en la modalidad virtual-sincronica. * Lanzamiento del Laboratorio de políticas de integridad OFICINA ANTICORRUPCIÓN * https://www.argentina.gob.ar/noticias/lanzamiento-del-laboratorio-de-politicas-de-integridad * Se trata de una propuesta de trabajo conjunta con la Federación Argentina de Municipios para la cocreación de iniciativas vinculadas a la promoción de la integridad y la transparencia con anclaje territorial. * Los laboratorios son concebidos como espacios de reflexión e ideación colectiva. Serán coordinados por especialistas, consultores y consultoras de la OA, pero el esquema de trabajo será colaborativo y estará basado en las iniciativas concretas presentadas por las participantes. * Posteriormente, se realizó una sensibilización en la que se abordaron los principales puntos metodológicos a tener en cuenta a la hora de crear y desarrollar una política pública de integridad y transparencia. La misma estuvo a cargo de Martina Cirimele, Asesora de la Dirección de Planificación de Políticas de Transparencia de la OA * 13 de octubre de 2021 * OTRO TEMA: EL GÉNERO * https://latfem.org/el-impacto-de-genero-de-la-corrupcion-coordenadas-para-abordar-el-tema/ * El impacto de género de la corrupción: coordenadas para abordar el tema * Pensar la corrupción como un modo de hacer negocios donde se vinculan el sector público y el privado que no solo impacta en los sectores populares sino que lo hace con mayor crueldad sobre las mujeres, lesbianas, travestis, transexuales. Martina Cirimele* trae esta propuesta para ampliar las miradas sobre el tema y sugiere una especial perspectiva de género en los decomisos de bienes de delitos de la corrupción. * LATFEM- julio 3, 2019 * Una de las características principales de la corrupción es que genera daño social. ¿qué queremos decir con esto? Que genera un daño que “que impacta sobre los sectores mayoritarios, víctimas o sujetos pasivos de los delitos económicos, redefiniendo las relaciones entre el Estado y la sociedad al enriquecer a determinados sectores a costa de excluir a las franjas más débiles de la asignación justa y equitativa de recursos sociales básicos”. Hasta acá, repetimos palabras de otros/as. Ahora bien, nuestra propuesta es ampliar este concepto desde una mirada feminista. Lo que queremos es visibilizar que la corrupción, entendida como un modo de hacer negocios donde se vinculan el sector público y el privado, inscripto en un universo más amplio que es la criminalidad económica, no solo impacta en los sectores populares sino que lo hace con mayor crueldad sobre las mujeres, lesbianas, travestis, transexuales. Los movimientos feministas han sacado del closet que el capitalismo se sostiene mediante la desvalorización de tareas realizadas por mujeres y géneros feminizados. En esta división sexual del trabajo, el conjunto de actividades llamadas “reproductivas” y de cuidado recaen mayoritariamente sobre las mujeres y cuerpos feminizados, a la vez que son invisibilizadas y, por lo tanto, no son remuneradas. Los feminismos han demostrado que sin ellas, las tareas y labores del ámbito productivo son impensables. El trabajo masculino, en contraposición al de las mujeres, fue y es socialmente construido como productivo y pasible de remuneración. De esta forma la pobreza fue y continúa siendo feminizada. Hasta aquí podemos visualizar la relación entre el capitalismo y el patriarcado. A través de la problematización de la categoría de daño social desde la perspectiva de género(s), sumamos a nuestro análisis la criminalidad económica. Hasta el momento el daño social producido por la criminalidad económica no ha sido asociado a la feminización de la pobreza. Es por esto que proponemos que este sea un punto a tener en cuenta a la hora de diseñar políticas criminales para combatir este tipo de criminalidad. Hasta el momento el daño social producido por la criminalidad económica no ha sido asociado a la feminización de la pobreza. Es por esto que proponemos que este sea un punto a tener en cuenta a la hora de diseñar políticas criminales para combatir este tipo de criminalidad. Corrupción y desigualdad de género(s) Hasta ahora, hemos visto la conexión entre el patriarcado y el capitalismo. Lo que venimos a plantear es que esta relación también se da cuando pensamos la criminalidad económica. Tanto la corrupción como otros delitos económicos generan flujos financieros ilícitos. En la práctica estos flujos financieros ilícitos no están diferenciados de manera precisa de los flujos lícitos, “los mercados criminales, la economía informal y las actividades legales se entremezclan permanentemente”. Tanto para quienes generan sus ganancias a partir de actividades legales como para aquellos que las generan a partir de delitos económicos, el sistema bancario y financiero y la industria offshore que gira en torno a los paraísos fiscales cumple un rol central. Aquí se entremezclan los flujos de activos provenientes del lavado, la fuga de capitales, la evasión de impuestos y los activos provenientes de la corrupción, pero también las ganancias que tienen su origen actividades que son consideradas “legales”. Esta estructura es manejada por una serie de facilitadores: estudios jurídicos y contables, firmas de auditoría y consultoría, bancos internacionales y locales, departamentos contables y jurídicos de las corporaciones transnacionales, entre otros. En este sentido, podemos observar lo siguiente: tanto la estructura legal como la estructura criminal del sistema capitalista son inescindibles la una de la otra. En las mismas, interactúan los mismos actores (los miembros de las organizaciones criminales, los bancos, los empresarios, los funcionarios, etc) y replican los mismos mecanismos, pero además tienen en miras el mismo interés, a saber: acumular y concentrar ganancias. Si como sostuvimos al principio, el sistema capitalista se reproduce a partir de la división sexual del trabajo, que tiene como consecuencia la feminización de la pobreza ¿Qué nos impide afirmar que la criminalidad económica se basa, profundiza o explota las desigualdades de género? Si volvemos a nuestra primera afirmación, podemos dar cuenta de que los delitos económicos producen un grave y sostenido daño social. Las maniobras de quienes cometen este tipo de delitos requieren la aplicación de marcos regulatorios laxos en materia bancaria y financiera y de nuevos mecanismos de disciplinamiento sobre todos los cuerpos, que faciliten la acumulación y concentración de las riquezas. De esta forma, una gran parte de los flujos de activos se encuentran por fuera del alcance de la estructura formalizada y productiva, y esto reproduce y aumenta los niveles de empobrecimiento de la población, en consecuencia los cuerpos feminizados tienen un mayor impacto. Asimismo, la corrupción tiene como principal consecuencia la desfinanciación de las capacidades del Estado. Esto significa que el Estado deja de impulsar, promover y generar políticas públicas como consecuencia del robo de sus fondos. Es por todo lo expuesto que creemos que desde el Estado se deben profundizar los estudios sobre cómo las desigualdades de género influyen en la forma en que se acumula, circula y concentra capital. En este sentido, una de las propuestas que realizamos desde el Equipo de Investigaciones Feministas sobre el Poder Económico del CIPCE y replicamos en el informe “La corrupción: hacia un remedio institucional” es la necesidad de adoptar las políticas de recupero de activos a las particularidades de cada mercado criminal y hacer un replanteo sobre el destino de los bienes decomisados según el delito de que se trate, para darles una finalidad social que atienda a los impactos diferenciados que los mismos generan en mujeres, lesbianas, travestis, transexuales y transgéneros. En el caso de los delitos de corrupción, sugerimos que se tenga especialmente la perspectiva de género a la hora de decidir el destino de los bienes pero, específicamente, a la hora de definir las políticas públicas en las que se va a reinvertir el dinero recuperado. *Martina Cirimele es coordinadora del Equipo de Investigaciones Feministas sobre el Poder Económico del CIPCE. ---- * CIPCE - Centro de Investigación y Prevención de la Criminalidad Económica * Talcahuano 256 piso 2 - C1013AAF - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina * Teléfono: 4373-6303/04 - contacto@cipce.org.ar * Nacimiento del CIPCE * En 1926 nació David “Tute” Baigún. A sus 6 años, en su casa familiar en la provincia argentina de La Pampa, Tute ya disfrutaba participar en discusiones sobre los problemas de actualidad. Años después, él contaría que fue en ese momento cuando su madre descubrió la vocación de ese niño por la abogacía y por defender causas justas. * Esa vocación lo llevó a militar por la defensa de los derechos humanos a lo largo de toda su vida. Atravesó gobiernos democráticos y dictaduras, a lo largo de los cuales fue detenido en varias oportunidades. También fue expulsado de su trabajo en el Estado y en la Universidad, junto con otros profesionales. Los mecanismos del Poder Político y del Poder Económico para garantizar su impunidad hacían evidente la necesidad de construir un espacio permanente en la sociedad civil, donde las personas comprometidas con la defensa de los derechos humanos puedan acercar y reproducir el conocimiento. * En 1989 Tute fue echado del Banco Central, donde dirigía el Centro de Asuntos y Estudios Penales, una unidad encargada de perseguir los delitos de los bancos. Ese mismo año se creó el INECIP, para buscar una Justicia más justa. Años más tarde, en 2003, se fundó el Centro de Investigación y Prevención de la Criminalidad Económica (CIPCE). Ésta fue una forma de continuar ese proyecto iniciado en el Banco Central, para seguir uniendo esfuerzos contra la criminalidad económica. El CIPCE se gestó como una “trinchera” en la sociedad civil, desde donde se puedan formar profesionales e incidir sobre las políticas públicas en materia de prevención y persecución de los delitos de los poderosos, sin importar cuál sea el Gobierno de turno. * El CIPCE surgió como fruto de una alianza entre el Centro de Políticas Públicas para el Socialismo -CEPPAS-, el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales -INECIP-, el Instituto de Investigaciones Jurídicas y Sociales Ambrosio Lucas Gioja de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, y la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación -UEJN-. * Actualmente, el CIPCE funciona dentro de la órbita y la personería jurídica del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales. * En síntesis, somos una organización no gubernamental dedicada a contribuir a la planificación e implementación de políticas de prevención y persecución de la criminalidad económica, con especial énfasis en el desarrollo de mecanismos de recuperación de activos. Uno de nuestros objetivos fundamentales es lograr que el dinero que generan la corrupción y la delincuencia económica sea devuelto al Estado y utilizado para reparar el daño social causado. Buscamos continuar el legado de David “Tute” Baigún, fallecido en 2015. ---- LA CRIMINALIDAD DE LOS PODEROSOS * Ver este libro * CRIMINALIDAD DE LOS PODEROSOS. BAIGÚN, David Martina figura como compiladora. * La doble vara de Comodoro Py con Techint y el poder económico | El blindaje empresario en la justicia federal * Binder alerta que es otra manifestación de impunidad estructural de los grandes grupos económicos * MartinaCirimele- dice que el fallo es inadmisible. Abre una vía de impunidad, mientras construye otra donde los funcionarios del Estado serían los únicos responsables. * 15 ago. 2021 * 📢📢Compartimos la nota de @aledandan para @elcoheteluna sobre el escandaloso fallo de Ercolini en la causa cuadernos‼️‼️👉🏻Es necesario abrir los ojos, esta resolución nos lleva a un solo camino: la impunidad de lo poderosos. * El fallo es una nueva muestra de un patrón que se repite en tribunales: los dueños del poder económico son intocables. * Cirimele, Martina G Ética en la función pública : omisión maliciosa de presentar la declaración jurada patrimonial : el rol de la Oficina Anticorrupción. Cirimele, Martina G.. En: Corrupción y delitos contra la Administración pública; 11. 1a. ed. Buenos Aires : Ad-Hoc, 2020. ISBN: 978-987-745-151-1. (A) Analítica * La trata sexual en Argentina a 10 años de la ley. ¿Qué investigó la Justicia? Categoría: Publicaciones del INECIP Autor: Aldana Romano e Ignacio Andrioli Año de edición: 2021 * La publicación, que contó con el apoyo de la Embajada Británica en Buenos Aires, indaga sobre las políticas de investigación y persecución penal del mercado criminal de la trata y la explotación sexual empleadas en nuestro país al cumplirse una década de la sanción de la primera ley de trata. En este marco, la publicación tiene por finalidad identificar los principales aciertos y desafíos aún presentes de la política pública, buscando generar herramientas e información de calidad para el desarrollo y debate de las mismas. * CAPÍTULO 7: delito de trata: investigaciones patrimoniales * por Martina Cirimele y Trinidad Lobos * “La trata sexual en Argentina a 10 años de la ley. ¿Qué investigó la Justicia?” fue dirigida por Aldana Romano e Ignacio Andrioli y contó con los aportes de Julián Alfie, Victoria Llorente, Vanina Pieczanski, Natalia Rosetti, Analia Ploskenos, Martina Cirimele y Trinidad Lobos. * El mercado criminal de la trata y la explotación sexual (que como se viene sosteniendo, forman parte del mismo fenómeno criminal) mueve un significativo volumen de dinero. Se calcula que anualmente las ganancias globales por este delito ascienden los 32 mil millones de dólares por año.1 A pesar de ello, las investigaciones judiciales que se llevan a cabo en los casos de trata y explotación sexual no tienden a centrarse en el rastreo del dinero involucrado, focalizándose simplemente en la criminalización de lxs tratantes, y descuidando así las investigaciones patrimoniales vinculadas al delito. Es por ello que, para lograr una persecución penal eficiente respecto de este tipo de mercado, resulta crucial incidir sobre las estructuras económicas de las organizaciones criminales. Esto implica, entre otras cosas, privarlas de las ganancias ilícitas que generan, para desabastecerlas de los flujos económicos que permiten su reproducción. Dicho de otra forma, estas acciones implican que se debe actuar sobre los bienes (Carrara: 2019). Una de las herramientas que tenemos en nuestro sistema de persecución penal para llevar adelante este tipo de acción es el proceso de recupero de activos. ---- * https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/RDMCP/article/view/15824/15186 * La situación más difícil la enfrentan aquellos que no niegan la relación entre el Derecho penal y el Poder, pero no consideran que este sea el tema central delDerecho penal en la actualidad. En lugar de eso, ellos están convencidos de queel tema central es la protección de los derechos y la seguridad de los ciudadanos.¿Por qué resulta tan difícil de sostener esta posición? Pues porque quienconsidera que la protección de los ciudadanos es lo más importante en la realidaddel Derecho penal se plantea las cuestiones acerca de la legitimidad y la efectividad de esta rama jurídica de manera muy diferente * ¿De qué hablamos entonces, cuando utilizamos esta noción de la “criminalidad de los poderosos”? Aquí en Costa Rica -esa es mi impresión-, creoque hay una respuesta clara: ¡La “Criminalidad de los poderosos” es lacorrupción! Pero las cosas son más complicadas. Parece que hay distintasrespuestas, en distintos lugares, al definir el concepto, y también parece que lasrespuestas de ayer no son las de hoy día, y que las de mañana, otras nuevas,tampoco lo serán. En el discurso global actual, pienso, son percibidos como“Criminalidad de los Poderosos” aquellos crímenes tipificados en el tratado de Roma de 1998. * La Criminalidad de los Poderosos y el Poder de los Criminales.Siguiendo la conocida definición de Max Weber, “Poder” significa “laoportunidad de realizar la propia voluntad, también contra quien se opone, dentrode una relación social”5 Nt. Así, visto sociológicamente, sin duda alguna se puedeapreciar en cada delito una demostración de Poder. Sin embargo, esto no es loque significa el concepto de criminalidad de los poderosos aparecido en Alemaniaen los años setentas, sino aquellos casos evidentes de criminales que cuentan yacon Poder frente al hecho delictivo, o sea, un Poder que surge de otras fuentes yniveles distintos del que emerge directamente mediante el delito ---- EL DELITO DE CUELLO BLANCO * El delito no es patrimonio de los pobres. Los ricos y poderosos cometen delitos con frecuencia, pero no son frecuentemente considerados delincuentes”: Comentario sobre la obra de Edwin Sutherland * por: Dalila Florencia Astorga Benente * SociologíaPensamiento criminológicocuello blancoEdwin SutherlandDelito de Cuello BlancoTeoría de la Asociación Diferencial * Sumario: I.- El Delito de Cuello Blanco; II.- El concepto; III.- ¿Es un delito el llamado “delito de cuello blanco”?; IV.- Teoría de la asociación diferencial; V.-Bibliografia * Resumen: Análisis y comentario a la obra de Edwin Sutherland que va desde "El Delito de Cuello Blanco" hasta "Una Exposición de la Teoría". * Dalila Florencia Astorga Benente 2Revista Pensamiento Penal (ISSN 1853-4554), Abrilde 2023, No. 461www.pensamientopenal.com.arI.- * https://www.pensamientopenal.com.ar/doctrina/90703-delito-no-es-patrimonio-pobres-ricos-y-poderosos-cometen-delitos-frecuencia-pero-no * El Delito de Cuello BlancoEl libro “El Delito de Cuello Blanco” de Edwin Sutherland da cuenta de los resultados de una investigación empírica llevada a cabo durante una extensa cantidad de años sobre la muestra estadística de 70 corporaciones de los Estados Unidos, más precisamente sobre los delitos o infracciones que cometen las corporaciones y sus ejecutivos, la calidad de delito vs. Infracción administrativa y los bienes jurídicos afectados, a través del análisis de las resoluciones de los tribunales competentes como así también entrevistas a ejecutivos, fiscales y jueces para demostrar la manipulación de la ley en cuanto a su creación, su ejecutoriedad y aplicación que se realiza sobre la actividad delictiva de los ricos y poderosos, en contraposición con los delitos llamados comunes que cometen las personas que no cuentan con estatus económico favorable y posicionamiento social ---- * Reprimir la delincuencia de los poderosos * Vincent Sizaire [1] * 2020- [1] Paris West University Nanterre La Défense * Localización: Le Monde diplomatique en español, ISSN 1888-6434, Nº. 292, 2020, págs. 4-5 * https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=7421442 * Resumen * Por un lado, la ideología “seguritaria” aumenta la represión que padecen las clases populares. Por el otro, policía y justicia se desentienden de la criminalidad de los poderosos, ya se trate de representantes del Estado o de intereses privados. Lejos de hacer más segura la sociedad, ese desequilibrio aumenta su nivel de injusticia y violencia, dejando que se propague una tolerancia general hacia prácticas ilegales. ---- * CRIMINALIDAD DE LOS PODEROSOS Y LOS PROBLEMAS QUE NO PUEDEN COMPARTIR Las actitudes, motivaciones y racionalizaciones para llevar a cabo las conductas irregulares distinguen a la criminalidad de los poderosos. Estas conductas muchas veces se mantienen en secreto, mientras se apropian de lo ajeno, motivados por problemas cuyo origen no pueden compartir con otras personas, en particular, la violación de las obligaciones atribuidas, dificultades resultantes de errores personales, inconvenientes derivados de una caída en los negocios, contrariedades resultantes de aislamiento físico, incremento de estatus social y los problemas derivados de la relación empleador-empleado. La percepción del defraudador de no poder compartir su problema económico es una de las tres aristas del conocido “triángulo del fraude” de Cressey. Por otro lado, una investigación reciente ha encontrado relación entre los antecedentes penales de los ejecutivos y el costo de sus casas y automóviles, vinculando al materialismo y la propensión a romper las reglas con el fraude, el tráfico de información privilegiada y las actividades comerciales de riesgo. Las organizaciones deberían prestar más atención ala conducta personal ala hora de elegir a sus líderes. Entender a fondo estas circunstancias será relevante para que los Compliance Officers puedan analizar los determinantes de los riesgos de fraude y corrupción, que luego permitirán moldear los elementos de los Programas de Integridad. Por Raúl Saccani. * Edwin Sutherland fue el célebre sociólogo estadounidense que en la década del 40 acuña el término “White Collar Crime” para referirse a ilícitos penales cometidos por sujetos de elevada condición social en el curso o en relación con su actividad profesional. Revolucionó la criminología al alertar que las explicaciones tradicionales sobre el fenómeno criminal eran inválidas, principalmente porqué derivan de muestras sesgadas que no incluyen vastas áreas del comportamiento criminal de personas no pertenecientes a las clases más bajas. Sutherland plantea la hipótesis, como un sustituto de las teorías convencionales, que la criminalidad de cuello blanco es aprendida en directa o indirecta asociación con aquellos que ya practican el comportamiento. El autor explica que el aprendizaje de la conducta criminal ocurre mediante la interacción con otras personas en un proceso de comunicación. Por lo tanto, el acto criminal no podríatener lugar de no haber existido la interacción con otros individuos, en un grupo en el que se comparten afinidades. Este proceso de aprendizaje que destaca Sutherland tiene influencia en dos áreas específicas: las técnicas para cometer el delito y las actitudes, motivaciones y racionalizaciones para llevar a cabo la conducta. Es así que los empleados desleales influenciarán a algunos leales para inducirlos a cometer el ilícito. No obstante, esto funciona en forma recíproca: los leales también pueden influir a los desleales. Sutherland nos hace reflexionar sobre la importancia del buen gobierno corporativo en las organizaciones y la difusión de los códigos de conducta como medida preventiva de la delincuencia de cuello blanco. Ello, por supuesto, sumado a las revisiones periódicas para evaluar su grado de cumplimiento. Mantener el denominado tone at the top, se presentaría como una de lasmedidas fundamentales para evitar las conductas irregulares en elmanagement. En efecto, aunque el compromiso de calidad sea descrito en la estrategia de la organización, en las comunicaciones, la descripción de puestos, el proceso de evaluación de desempeño, etcétera, si el mensaje transmitido por la alta dirección no se traduce en una forma de vida corporativa donde genuinamente se predique con el ejemplo, la probabilidad ocurrencia de conductas relacionadas con los delitos de cuello blanco se ve sustancialmente incrementada. Donald Cressey fue una de las figuras centrales de la criminología en el siglo XX. Sociólogo, educador, editory autorpolíglota, Cressey fue sin duda uno de los más brillantes discípulos de Sutherland en la Universidad de Indiana durante los años 1940. Cressey decidió que enfocaría la tesis de su doctorado en criminología en los defraudadores, particularmente en relación con la malversación de activos. Dada la importancia y el impacto de su trabajo, cabe hacer una referencia al contexto social, histórico y político para entender por qué tuvo tanta influencia en la sociedad y el mundo académico. La evolución del campo de la sociología tuvo un impacto significativo en la obra de Donald Cressey. En primer lugar, de parte de su maestro, amigo y mentor: Edwin H. Sutherland. En segundo lugar, debido al momento histórico en que se producía un cambio de paradigma en el pensamiento criminológico, a partir del cual se abandonaba la idea de que la delincuencia era el resultado de la pobreza, la discriminación racial y otras privaciones. En efecto, el consenso de la doctrina sociológica de la época fue que la única estrategia eficaz y moralmente defendible para reducir la delincuencia era atacar sus raíces con programas que pusieran fin a la pobreza y redujeran la discriminación. Esto vino acompañado de un considerable aumento de la demanda de investigación social aplicada, para ayudar al gobierno de los EE.UU. a desarrollar en la práctica lo que los sociólogos teorizaban. Si bien la obra de Sutherland tuvo gran relevancia para Cressey, el discípulo siguió su propio camino cuando se internó en el estudio de los malversadores, a quienes definió como “violadores de confianza”. Cressey estaba especialmente interesado en las circunstancias que llevan a los defraudadores caer en la tentación. Al cabo de su investigación había desarrollado el modelo clásico, aún vigente, para definir al delincuente profesional. Cressey define a los defraudadores como “personas de confianza que tienen un problema financiero que no pueden compartir, y que son conscientes que este problema se puede resolver en secreto mediante la violación a esa posición de confianza. Entonces, ajustan su concepción de sí mismos y de la situación, así como la de los propietarios del dinero o bienes confiados al defraudador”.Cressey decía, además, que “las personas fiables se convierten en violadores de confianza cuando tienen un problema financiero que no pueden resolver por sí mismos, y encuentran que tomar el dinero ajeno puede ser una solución factible, justificando la conducta al aplicar ciertos razonamientos que transforman esavisión de personas fiables a una visión de personas que usan los fondos o bienes confiados”. Con los años, la hipótesis de Cressey devino en el conocido “triángulodel fraude”cuya primera arista representa la percepción del defraudador de no poder compartir su problema económico. La segunda, la oportunidad percibida, y la tercera, la racionalización de su conducta. El papel que juega el hecho de no poder compartir el problema es fundamental. Dice Cressey: “cuando se le pidió a los defraudadores que explicaran por qué se abstuvieron de violar la confianza cuando estuvieron en otros cargos, estos contestaron: (a) no había necesidad de ello esa vez; (b) nunca se me pasó por la cabeza; y (c) pensé que era deshonesto entonces, pero esta vez no parecía deshonesto”. Sigue Cressey informando que “en todos los casos de violación de confianza el defraudador consideraba que su problema financiero no podía sercompartido con otras personas que, desde un punto de vista más objetivo, podrían haberle ayudado en la solución del problema”. Los defraudadores no pueden compartir su problema porque, según entienden, el origen del mismo podría recibir reproche por parte de las personas, por ejemplo, cuando el problema financiero tiene origen en una adicción. El individuo considera que no puede confesar este problema y decide mantenerlo en secreto, mientras soluciona su problema financiero tomando dinero que no le pertenece. Cressey divide estos problemas financieros “no compartibles” en seis subtipos básicos: la violación de las obligaciones atribuidas, problemas resultantes de errores personales, problemas derivados de una caída en los negocios, problemas resultantes de aislamiento físico, incremento de status social y los problemas derivados de la relación empleador-empleado. La violación de las obligaciones atribuidas La mayoría de los empleados que gozan de la confianza de sus empleadores consideran que, además de ser honestos, para mantener dicha posición deberán ajustar sus conductas a ciertos estándares éticos considerados apropiados en el marco de la cultura en la que sedesarrolla la relación. Es decir, mantener la confianza implicará comportarse de manera “aceptable”. Piensan que la fidelidad resultará afectada si confiesan problemas tales como el juego, el uso de drogas, la infidelidad y otras conductas repudiadas por la sociedad. Cuando las personas incurren en deudas o de alguna otra manera llegan a estar obligados como consecuencia de la conducta socialmente incorrecta, con frecuencia consideran que estas deudas deben ser mantenidas en secreto, los que las convierte en un problema financiero no compartible. Los problemas resultantes de errores personales Otro tipo de problema que a menudo se define como no compartible es aquel en que la persona se siente culpable o responsable en forma personal. Algunos problemas financieros urgentes pueden ser considerados como el resultado de “condiciones económicas adversas” o de “causas de fuerza mayor”, pero otros son considerados como el producto de decisiones equivocadas o de fallas en el planeamiento. Debido a que teme la pérdida de la confianza, el individuo evitará admitir el hecho que el problema es una consecuencia de su “mal juicio”, entonces acudirá a la defraudación para cubrir sus propios errores. El orgullo profesional hará que el sujeto no pueda reconocer una falla que implicaría una pérdida de estatus. Dificultades derivadas de una caída en los negocios/problemas de mercado Esta categoría difiere de la anterior en que el problema tiene un origen externo, por ejemplo, la recesión o la inflación que afectan a la economía en un momento dado y, por ende, también al negocio, no siendo capaces de resolver los problemas inherentes a este clima de negocios tormentoso. Usualmente, el optimismo juega en contra de estos sujetos que no pueden reconocer el problema a tiempo.Incluso tratándose de una circunstancia ajena a su esfera de actuación, el sujeto decide encubrirla, apelando al fraude, para mantener intacto su estatus en la organización. Inconvenientes resultantes del aislamiento físico En este caso, el defraudador simplemente carece de alguien de su confianza con quien compartir el problema. Cressey describió esta categoría como situaciones en las que se aísla a la persona de aquellas que le puedan ayudar. La pandemia de COVID-19 ha sido paradigmática no sólo en el sentido del aislamiento físico sino del contacto necesario para generar la confianza que permita compartir estos asuntos sensibles. Incremento de status social En las categorías anteriores el defraudador intenta mantener su estatus social. En esta, por el contrario, intentará escalar posiciones. Usualmente se la describe como “vivir más allá de las posibilidades”, aunque tiene raíces más profundas. El problema surge cuando el individuo advierte que no puede estar a la altura del grupo social al que pretende pertenecer, y su problema no puede ser compartido por cuanto no puede renunciar a sus aspiraciones ni obtener los símbolos de estatus que confirmarían su pertenencia. Entonces, el problema no se limita a mantener cierto nivel de vida, sino a obtener los símbolos de un estatus social al que, de otra forma, no podría acceder. Durante mucho tiempo, hemos creído que un gobierno corporativo sólido es suficiente para evitar la mala conducta de los ejecutivos. Sin embargo, una nueva investigación muestra que los comportamientos de estilo de vida pueden significar problemas para las empresas, independientemente de las medidas de seguridad existentes. Aiyesha Dey, profesora asociada de Harvard Business School, ha investigado la relación entre los antecedentes penales de los ejecutivos y el costo de sus casas y automóviles. Su investigación ha vinculado el materialismo y la propensión de un individuo a romper las reglas con el fraude, el tráfico de información privilegiada y las actividades comerciales de riesgo. Aiyesha dice que las organizaciones deberían prestar más atención al comportamiento personal al elegir a sus líderes. Los problemas derivados de la relación empleador-empleado Por último, Cressey describe los problemas resultantes de la relación entre el empleado y su empleador. El más común, de acuerdo con el autor, es el empleado que rechaza el estatus otorgado por la organización (por considerarlo inferior) pero, a la vez, se siente incapacitado de abandonarla para ir en busca de algo mejor. El resentimiento se incrementa cuando el individuo tiene la sensación de no estar siendo compensado en forma justa, sea por un sueldo bajo, por trabajar demasiado o por no estar suficientemente reconocido su aporte.Cressey afirma que el problema no puede compartirse debido a que implicaría poner en riesgo su estatus en la organización. Desde que Cressey finalizó su investigación en los años 50 obviamente la estructura social ha cambiado. Pero la reacción del empleado que enfrenta una presión financiera inminente no ha sufrido alteraciones: debe hacer algo para aliviar la carga. Pero no será suficiente el mero hurto del dinero, también deberá asegurarse de ocultar las pruebas que lo incriminen. El hecho de revelar la conducta irregular implicaría también admitir el problema financiero que la provocó. La defraudación en sí misma no será lo que cree la necesidad de mantener todo en secreto, sino justamente las circunstancias previas que llevaron al sujeto a actuar de ese modo. Entender a fondo estas circunstancias será relevante para que los Compliance Officers puedan analizar los determinantes de los riesgos de fraude y corrupción, que luego permitirán moldear los elementos de los Programas de Integridad. Bibliografía: Sutherland, Edwin H., Criminalidad de Cuello Blanco, texto publicado en American Sociological Review, volumen 5, número 1, 1940, traducción del original en inglés por Luis Miguel Reyna Alfaro, disponible enhttp://www.adpeonline.com/wp-content/uploads/2020/09/apde-1-clasicos-criminalidad-de-cuello-blanco.pdf Cressey, Donald R., Other People’s Money: A Study in the Social Psychology of Embezzlement, Editorial, Wadsworth Publishing Company, Inc., Belmont, California, 1971.La imagen que ilustra a este artículo ha sido tomada de la tapa del libro. Al contratar directores ejecutivos, concéntrese en el carácter, por Ayesha Dey, Harvard Business Review (julio-agosto de 2022), disponible en https://hbr.org/2022/07/when-hiring-ceos-focus-on-character Nota del autor: Los puntos de vista y opiniones de Raúl Saccani en este artículo son realizados a título personal y no en representación de la Universidad Austral, el IAE Business School, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de CABA o Deloitte S-LATAM y afiliadas. En ningún caso podrá ni deberá considerarse la información, análisis y opiniones brindadas en todo o en parte de esta obra como asesoramiento, recomendaciones u opiniones profesionales o legales. El lector que necesite tomar decisiones sobre los temas aquí tratados deberá asesorarse específicamente con profesionales capacitados que evalúen las características, normas legales y conceptos aplicables a su caso específico. TwitterLinkedInEmailWhatsApp