Diferencias entre las revisiones 8 y 9
Versión 8 con fecha 2014-06-11 13:37:51
Tamaño: 5118
Comentario:
Versión 9 con fecha 2014-06-11 13:42:13
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Comentario:
Los textos eliminados se marcan así. Los textos añadidos se marcan así.
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PROPUESTA LilianaPandolit de River sin Barreras PROPUESTA LilianaPandolit de River sin Barreras (Comisión de Integración de Personas con Discapacidad) http://www.riverplate.com/institucion/El-Club/48-datos-club.html

DISCAPACIDAD Y OBSTÁCULOS SOCIALES

OBSTÁCULOS SOCIAlES:

Comentarios AliciaAndrieu de AMAR La Plata Mercedes los obstáculos que hay que combatir son: falta de rampas en edificios públicos,edificios de deptos,veredas,pasamanos en escaleras,piso muy alto en los buses.Conciencia en la población. bs alicia

Propuesta SilviaRubio

TEMAS

  •  LEY DE DISCAPACIDAD y CERTIFICADO (CUD)
  •  OBRAS SOCIALES Y PRESTADORES ( se puede convocar a varios prestadores)
  •  CONCIENTIZACIÓN Y PREVENCIÓN ( en hospitales municipales ? Ministerio de salud?

( CABA y NACIÓN)

POSIBLES INVITADOS:

  • • Lic.BEATRIZ PEREZ Consejo Asesor de la Conadis
  • • Dra.MARCELA GABA Servicio Nacional de Rehabilitación
  • • Dr SILVIO DESSY Superintendencia de Salud
  • • Dra. ISABEL FERREYRA Defensoría del Pueblo( Ciudad)
  • • Dra. GRACIELA TUPÁ Forma parte de una red de
    • Obras Sociales( es además auditora de OSPLAD)
  • • Lic. PAZ CABANA et al. Socióloga que realizó encuesta sobre afasia con un programa internacional
  • • PERIODISTAS ( Paula Torres, Dr.BRUNO de Perodismo Médico de la AMA, Nora Barr de la NACIÓN )

ACCESO A LA JUSTICIA : Miguel Paulón ( Santa Fe) ADAJUS ( DISCAPACIDAD Y JUSTICIA) Mabel Remón EN EL AÑO DE LA SALUD

Habría que pensar en invitar en algún momento al presidente de la Comisión de Salud de Diputados y también al de Senadores, no te parece ?

También tomar en cuenta a: Consejo Consultivo de la Sociedad Civil (CCSC) de la Cancillería Argentina

PROPUESTA LilianaPandolit de River sin Barreras (Comisión de Integración de Personas con Discapacidad) http://www.riverplate.com/institucion/El-Club/48-datos-club.html

  • El concepto SALUD para el Derecho Argentino consiste en el derecho a estar sano, pero también a disfrutar de la plenitud de las circunstancias que hacen a la vida en su integridad.

La salud desde la legislación general de salud promueve el “acceso a una cobertura médico-asistencial” y desde el ámbito de la Discapacidad el “acceso integral de la salud desde un enfoque bio-psicosocial” La legislación vigente en discapacidad -24.901- instituye un sistema de prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad, contemplando acciones de prevención, asistencia, promoción y protección con el objeto de brindarles una cobertura integral a sus necesidades y requerimientos

También vigente la ley 26.378/08 aprueba la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo. Básicamente la Convención promueve que las personas que tienen deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a lo largo del tiempo, disfruten de todos los derechos humanos y de todas la libertades. Que sean respetadas por todos como cualquier otra persona. La Convención pretende eliminar las barreras que impiden la participación de las personas con discapacidad en la sociedad. Ahora bien, desde este abordaje bio-psico-social y de DDHH el art. 30 de la Convención refiere “Participación en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte”

Históricamente se ha interpretado que el esparcimiento -art. 30 CDPD- refiere al paradigma terapéutico-rehabilitador. La práctica de actividades deportivas/recreativas/culturales en escalas categóricas unidimensionales (sordos con sordos, etc.) solo se pueden realizar en ámbitos específicos en general vinculados al ámbito sanitario, excluyentes. Lo cuál es relativamente válido para los deportes de alto rendimiento. La mayoría de los reglamentos deportivos tienen adaptaciones básicas acorde al tipo de discapacidad. Por ej. fútbol practicado por sordos en lugar de silbato utilizan banderas de colores. Interpretando el fútbol como un BIEN SOCIAL, RIVER SIN BARRERAS pretende incidir colectivamente respecto a la participación en actividades de esparcimiento a escala continua, multidimensional y de DDHH. MODELO UNIVERSAL

Sintesis: para todos –incluidas personas con discapacidad- es saludable realizar actividades de esparcimiento en ámbitos generales de la sociedad, respetando su dignidad y libertad de elección. Derribar los obstáculos sociales es facilitar la accesibilidad –fisica, información y comunicación-; realizar “ajustes razonables”-. La sociedad se tiene que comprometer en realizar las adaptaciones necesarias y posibles y brindar los apoyos para que todas las personas puedan participar en igualdad de condiciones.

La propuesta de Silvia Rubio focaliza en la ley 24901 y propone la mayoría de funcionarios públicos (hablan de la Convención pero la realidad de su gestión refiere a la ley 24.901). Sugiero la necesidad de invitar profesionales de la sociedad civil y con una visión integral medico-legal. Interesante sería convocar a MARIA INES BIANCO, abogada con especialidad en salud. bss LILIANA


EnciclopediaRelacionalDinamica: PropuestasTerceraReunion (última edición 2014-06-21 13:56:20 efectuada por MercedesJones)